Sentencia Sanciona Fintech de préstamos de bajo monto

Conoce el caso de Lukiao App S.A.S. a través del análisis de esta sentencia y recuerda algunos puntos sobre cómo realizar el cobro de cartera de forma segura.

René Correa Pérez

4/2/20242 min read

man in brown long sleeve shirt holding black smartphone
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En CREATICA LEGAL, queremos compartir una lección valiosa aprendida del caso judicial que involucró a Lukiao App S.A.S., y que es relevante para su operación.

La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, abordó el caso en el que Lukiao App S.A.S., empresa que se dedica al préstamo de dinero de forma digital, vulneró los derechos fundamentales de un usuario al implementar estrategias de cobro extraprocesales consideradas ilegítimas.

Según los antecedentes descritos en la sentencia, se hizo divulgación de información personal en redes sociales, visitas intimidatorias al deudor y sus padres, grafitis y carteles, difamándolo como un "cliente moroso" y “estafador”.

La Corte remitió copia del expediente a la Fiscalía para determinar si los mecanismos de cobro utilizados tienen relevancia penal, aunque algunas secciones de la fiscalía consideraron que no es un tema que trascienda a este campo. De igual forma fueron enviadas copias a la Superintendencia de Industria y Comercio para que establezca la eventual responsabilidad de Lukiao App S.A.S.

Aquí algunos puntos que valen la pena recordar para las Fintechs que realizan cobros.
  • El ejercicio de las facultades de cobro es una expresión de la libertad económica, por tanto, es un derecho de las entidades financieras que se puede ejercer respetando los límites reglamentarios, como los definidos en la Ley 2300 de 2023.

  • La divulgación pública de información personal y aquellas que se consideren difamación excesiva va más allá de las prácticas legítimas de cobranza. En el presente caso fueron reprochadas acciones como carteles y grafitis con calificativos de “estafador”.

  • La gestión inapropiada de datos personales, incluso con consentimiento previo, puede resultar en violaciones de derechos fundamentales. El buen nombre, la honra y la intimidad del deudor deben ser protegidos incluso en situaciones de mora.

  • El incumplimiento de deberes en el tratamiento de datos personales puede acarrear consecuencias legales y regulatorias. Ley 1581 de 2012

Algunas recomendaciones importantes:
  • Un poco obvio, pero asegúrense de que las prácticas de cobro estén alineadas con los estándares constitucionales y legales. Especialmente los derechos a la intimidad, el buen nombre, la honra y el habeas data de los deudores.

  • Manejo de Quejas y Reclamos: Implementen canales efectivos para que los clientes presenten quejas y reclamos sin temor a represalias.

  • Eviten la divulgación excesiva de información personal y prácticas difamatorias en cualquier plataforma.

  • Protección de Datos y Privacidad: Reforzar medidas para proteger la privacidad de los clientes y evitar la difusión no autorizada de información personal.

  • Garanticen que el tratamiento de datos personales se ajuste a los principios de privacidad y autodeterminación informativa, es decir que las personas puedan tener control sobre su información personal.

  • Implementen mecanismos diseñados para hacer valer la exigibilidad de las deudas y brinden vías adecuadas para ello.

  • Monitoreo de Prácticas de Cobranza: Implementar sistemas de monitoreo para asegurar que las prácticas de cobranza sean justas y respetuosas.

  • Colaboren proactivamente con las autoridades regulatorias, especialmente cuando sean requeridos y adopten medidas para regular y vigilar las prácticas de cobro.

En CREATICA LEGAL creemos que podemos extraer lecciones valiosas del caso Lukiao App S.A.S y así fortalecer el compromiso del sector en hacer frente a fenómenos como el Gota a Gota mostrando practicas éticas y legales en el cobro de las obligaciones.

René Correa Pérez

CREATICA LEGAL